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Una vez formalizado el contrato en caso de cancelación, el expositor tendrá que solicitarla por escrito a más tardar el 1 de Agosto del 2010, haciéndose acreedor a la penalización de un 30% del valor total del stand adquirido, por los gastos administrativos que de esto surgen, y en caso de existir un monto pendiente de pagar, éste deberá ser reintegrado al momento de solicitar dicha cancelación, para que ésta proceda en tiempo y forma. Las cancelaciones que se presenten después de esa fecha no procederán y no habrá ningún tipode reembolso.
La firma del contrato de arrendamiento obliga al expositor a aceptar y cumplir toda la normativa que la organización de las Feria tenga vigente y que pueda añadir posteriormente si fuese necesaria para un mejor desarrollo del evento y compromete al mismo, a la lectura y aceptación de los términos establecidos en el documento denominado. MANUAL DEL EXPOSITOR que le será entregado vía correo electrónico posterior a la recepción del contrato firmado.
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